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Prevención y Control LC/ FT/ FPADM

PREVENCIÓN Y CONTROL DE LC/ FT/ FPADM

Bangente, como sujeto obligado en materia de Prevención y Control de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (PCLC/FT/FPADM), cumple fielmente con el marco legal que regula la materia. Cuenta con un Sistema Integral de Administración de Riesgos de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (SIAR LC/FT/FPADM) que involucra a todo el personal de la institución, desde el nivel jerárquico más alto hasta el personal base operativo, estando conformado por: Junta Directiva, Presidente, Oficial de Cumplimiento, Unidad PCLC/FT/FPADM y Responsables de Cumplimiento.

Algunas definiciones:

La legitimación de capitales es el proceso de esconder o dar apariencia de legalidad a capitales, bienes y haberes provenientes de actividades ilícitas. El financiamiento al terrorismo, se refiere a quien proporcione, facilite, resguarde, administre, colecte o recabe fondos por cualquier medio, directa o indirectamente, con el propósito de que éstos sean utilizados en su totalidad o en parte por un terrorista individual o por una organización terrorista o para cometer uno o varios actos terroristas, aunque los fondos no hayan sido efectivamente utilizados o no se haya consumado el acto o los actos terroristas. Mientras que el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva es el acto de proporcionar fondos o servicios financieros que se utilizan, en todo o en parte, para la fabricación, adquisición, posesión, desarrollo, exportación, transbordo, corretaje, transporte, transferencia, almacenamiento o uso de armas nucleares, químicas o biológicas y sus vectores y materiales relacionados (incluidos ambos tecnologías y bienes de doble uso utilizados para fines no legítimos), en contravención de las leyes nacionales y/o acuerdos internacionales aplicables.

Asociado a estos conceptos, se enmarca el de delincuencia organizada, que corresponde a la acción u omisión de tres o más personas asociadas por cierto tiempo con la intención de cometer los delitos establecidos en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo (LOCDO/FT), y obtener directa o indirectamente, un beneficio económico o de cualquier índole para sí o para terceros. Igualmente, se considera delincuencia organizada la actividad realizada por una sola persona actuando como órgano de una persona jurídica o asociativa, con la intención de cometer los delitos previstos en la LOCDO/FT.

Los riesgos asociados a los delitos de legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva son: riesgo reputacional, riesgo legal, riesgo operativo y riesgo de contagio. En Bangente, trabajamos para controlar y mitigar estos riesgos.

En la actualidad se ha incrementado una modalidad delictiva denominada "mula de dinero" también conocida como "cuenta mula" que consiste en el uso de cuentas bancarias para movilizar fondos de origen y destino desconocido, por parte de personas diferentes al titular. En la mayoría de los casos los fondos provienen de delitos precedentes a la LC/FT/FPADM; tales como estafa, usurpación de identidad, secuestro, extorsión, entre otros.

Marco Legal:
  • Resolución 010.25 “Normas relativas a la administración y supervisión de los riesgos de legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva (LC/FT/FPADM), aplicables a las Instituciones del Sector Bancario, la cual fue publicado en fecha 31 de marzo de 2025.
  • Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al terrorismo, publicada en año 2012.
  • Ley Orgánica de Drogas, publicada en fecha 21/10/2010 y en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.546 de fecha 05/11/2010.
  • Decreto con rango, valor y fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario, publicada en fecha 08 de diciembre de 2014.
  • Normativas específicas de la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN) y la Unidad Nacional de Inteligencia Financiera (UNIF).
  • Regulaciones internacionales y recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), adoptadas por Venezuela.
¡Recuerda que!
  • Como titular de su cuenta, sólo tú estás facultado para realizar operaciones en ella.
  • La cuenta es un producto intransferible, no permitas que terceros usen tu cuenta.
  • En caso de desconocer fondos (ingresos / egresos) que han transitado por tu cuenta, notifícalo al personal del banco.
  • En caso de detectar alguna operación inusual o situación irregular, notifícalo al personal del banco
Tips de Prevención y Control de LC/FT/FPADM
  • Al realizar la entrevista presencial o virtual con el personal del banco para la apertura de tu cuenta, debes informar de tus datos correctamente, entregar toda la documentación requerida e informar el origen y destino de tus fondos.
  • Debe actualizar tus datos y documentos, puede ser: cada 3, 6 o 18 meses, depende de la Debida Diligencia de Conocimiento del Cliente que el Banco requiera.
  • Debe consultar la información de tus productos y servicios, únicamente con el personal autorizado del Banco.