El Defensor del Cliente y Usuario Bancario designado por la Junta Directiva de Bangente, es una figura dedicada a revisar, tramitar y resolver, las solicitudes de reconsideración sobre denuncias, reclamos o quejas presentadas por los clientes y usuarios, de los casos declarados como no procedentes por la Unidad de Atención al Cliente y Usuario. En tanto que unidad revisora de la Unidad de Atención al Cliente y orientado al servicio de calidad que nos hemos propuesto prestar, con base en principios éticos, de buena fe, equidad y justicia. El Defensor del Cliente y Usuario Bancario, se constituye como una instancia formal, de carácter objetivo con absoluta independencia y con total autonomía en cuanto a los criterios y directrices a aplicar, en cuanto a la decisión que debe dictar, una vez recibidas, tramitadas y evaluadas las denuncias, reclamos o quejas presentados a su consideración, garantizando la protección de los derechos e intereses de nuestros clientes y usuarios, todo ello de conformidad con lo establecido en las "Normas relativas a la protección de los usuarios y usuarias de los servicios financieros" emitida por la Superintendencia de las instituciones del sector bancario, según Resolución N° 063.15 de fecha 12 de junio de 2015, publicada en la Gaceta Oficial Nro. 40.809, de fecha 14 de diciembre de 2015.
Centro de Atención Telefónica 0500 Bangent (0500-2264368)
Correo electrónico: defensordelcliente@bangente.com.ve
Dirección: Av. Casanova, CC. El Recreo, Torre Norte, Piso 14, Parroquia El Recreo, Municipio Libertador, Caracas, Venezuela.
El Defensor del Cliente y Usuario Bangente tendrá un tiempo máximo de veinte (20) días continuos contados a partir del día en que recibió el requerimiento con todos los recaudos completos, incluyendo los solicitados adicionalmente, para emitir un pronunciamiento del caso y hacerle la notificación al cliente.
Todos los reclamos que hayan sido notificados como improcedentes por Bangente derivados de:
No, ya que, para la procedencia de la solicitud de reconsideración por parte del Defensor del Cliente, el reclamo debe haber sido presentado de manera formal ante la Unidad de Atención al Cliente y recibida por parte de esta la notificación de NO PROCEDENTE.
Si, tomando en cuenta que hayan pasado veinte (20) días continuos desde la fecha de la presentación formal ante la Unidad de Atención al Cliente, y aún no te han notificado la respuesta.
No, Cliente y Usuario reclamante que presente una solicitud de reconsideración al Defensor del Cliente y del Usuario, deberá abstenerse de ejercer cualquier acción legal o actuación administrativa ante los organismos públicos sobre el mismo asunto, hasta que el Defensor del Cliente y del Usuario le comunique su decisión sobre la solicitud. En caso contrario, el Defensor del Cliente y del Usuario cerrará el procedimiento y archivará el expediente y dejará en manos del organismo al que recurrió el Cliente o Usuario reclamante la decisión del caso.
Guía rápida de reconsideración de reclamos